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El programa exigido para la preparación de esta oposición
posibilita, una vez aprobado el proceso selectivo, para conseguir
una plaza como funcionario público en el ámbito de
la Administración de Justicia (Juzgados y Tribunales). Estas
plazas son convocadas por el Ministerio de Justicia.
El curso dispone del material necesario para superar las pruebas
que puedan plantearse, y contamos con el sistema de Preparación
P8.10, que garantiza la formación, de cada uno de nuestros
alumnos, hasta el Aprobado.
Para ello cada alumno tiene a su disposición todos los medios
materiales, humanos y técnicos de Master-D:
• Preparador Personal y Profesor Especializado.
• Seguimiento Personalizado de la preparación.
• Objetivos Individuales.
• Atención personalizada.
• Temarios Actualizados Permanentemente por especialistas
en la materia.
• Material complementario.
• Información sobre convocatorias.
• Servicios Multimedia en el propio Centro.
REQUISITOS Y PRUEBAS
• Ser español, mayor de edad y no haber alcanzado la
edad de jubilación. Ver todo el programa >
• Hallarse en posesión del título de bachillerato
o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de
publicación de la convocatoria.
• No haber sido condenado ni estar procesado ni inculpado
por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la rehabilitación
o hubiera recaído en la causa auto de sobreseimiento.
• No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
• No haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario,
de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de
las Administraciones Locales, ni suspendido para el ejercicio de
funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial,
salvo que se hubiera sido debidamente rehabilitado.
• No padecer defecto físico o enfermedad que incapacite
para el desempeño del puesto.
Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta
el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera
salvo el correspondiente a la titulación, que deberá
estarse a lo dispuesto en el apartado 2º expuesto.
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